Policía destruyó 107 armas de letalidad reducida que habían sido incautadas: Así golpea a bandas delincuenciales en Antioquia 
Policía destruyó 107 armas de letalidad reducida que habían sido incautadas: Así golpea a bandas delincuenciales en Antioquia 
Suministrada.
31 Oct 2023 11:30 AM

Policía destruyó 107 armas de letalidad reducida que habían sido incautadas: Así golpea a bandas delincuenciales en Antioquia

Yuli
Metaute Londoño
El porte de armas traumáticas sin el trámite para el permiso de porte o tenencia se considera una conducta punible.

El Departamento de Policía de Antioquia indicó que ha llevado a cabo una destacable labor en la incautación de armas de fuego de letalidad reducida: traumáticas, neumáticas y de fogueo, durante los últimos dos años, en estricta aplicación de la Ley 1801 de 2016. 

En total han sido 107 armas de fuego de esta característica incautadas que los delincuentes han utilizado para amenazar o coaccionar a sus víctimas Antioquia, las cuales fueron destruidas por las autoridades.  

Esta acción ha sido un paso crucial para garantizar la seguridad de los ciudadanos y prevenir comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas, según lo establecido en el Artículo 27 de dicha ley, la cual indica que “se prohíbe el porte de armas neumáticas, de aire, de fogueo, de letalidad reducida, dispositivos similares, o cualquier elemento que se asimile a armas de fuego, en lugares abiertos al público, especialmente en aquellos donde se desarrollen aglomeraciones de personas o donde se consuman bebidas embriagantes, o se advierta su utilización irregular, y en situaciones que sean contrarias a la convivencia”.  

En virtud de ello, el Departamento de Policía de Antioquia ha realizado incautaciones de dichas armas, aplicando las medidas correctivas correspondientes, que incluye una multa general tipo 2, la prohibición de ingreso a actividades que involucran aglomeraciones de público, complejas o no, y la destrucción del bien incautado.  

Es importante resaltar que, en el presente, el porte de armas traumáticas sin el trámite para el permiso de porte o tenencia se considera una conducta punible, según lo dispuesto en el artículo 365 del Código Penal.