129 de los 245 muertos en las vías de Medellín en 2023 iban en motocicleta
129 de los 245 muertos en las vías de Medellín en 2023 iban en motocicleta
Cortesía: Denuncias Antioquia.
5 Dic 2023 04:18 PM

129 de los 245 muertos en las vías de Medellín en 2023 iban en motocicleta

Yuli
Metaute Londoño
Recientemente un motociclista sufrió una colisión con un vehículo llegando al rompoy de Caribe e inmediatamente perdió la vida. 

Los motociclistas se han convertido en los actores viales más vulnerables. Las cifras son aterradoras y preocupan. Medellín superó este año las 240 muertes en las vías este año. 

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En las últimas horas un hombre que se movilizaba en una motocicleta en la autopista Norte, a la altura de la Calle 75 A, sufrió una colisión con un vehículo llegando al rompoy de Caribe e inmediatamente perdió la vida. 

Se convirtió en otro lamentable caso en la larga lista de víctimas mortales en accidentes que involucraron motocicletas en la ciudad. Las cifras son devastadoras, ya son 129 personas fallecidas. 

En los puntos pedagógicos instalados por la Secretaría de Movilidad se resalta la importancia del respeto por las normas de tránsito, los carriles exclusivos de los transportes masivos, el uso de todos los elementos de protección y la responsabilidad, que, como motociclistas, tienen en las calles frente a ellos y a otros actores viales. 

En más hechos noticiosos

Fallo sancionatorio contra excomisario de Medellín por citar a un caso de violencia intrafamiliar tres años después

La Personería Distrital de Medellín, a través del proceso de Decisión Disciplinaria, profirió fallo sancionatorio al exfuncionario público Elkin Londoño Serna, quien fungía como comisario de la Comisaría 14 de El Poblado entre 2018 al 2021. La sanción es de suspensión en el ejercicio del cargo por cuatro meses.  

Sin embargo, explicó la Personería, dado a que Londoño Serna no ejerce actualmente su cargo, el término de suspensión se convertirá en cuatro meses de salario, equivalentes a $26.595.640.  

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“La conducta reprochada consiste en la omisión en el trámite impartido dentro de un proceso de violencia intrafamiliar, al no dar cumplimiento al término establecido en el Artículo 12 de la Ley 294 de 1996, modificado por 5° de la Ley 575 de 2000, que refiere que debe citarse a las partes entre los cinco y diez días siguientes a la presentación de la petición; toda vez que el comisario procedió a citarlas 3 años después de presentada la solicitud de violencia intrafamiliar”, añadió el ministerio público.  

Indicó que sumado a lo anterior, el excomisario no dio respuesta oportuna a las solicitudes de una de las partes, dentro de dicho trámite de violencia intrafamiliar.  

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Aseguró la Personería que la conducta fue catalogada como “grave ya que existe una afectación real de los deberes funcionales del servidor, infringiendo principios de la función pública, tales como el principio de celeridad”. 

El fallo sancionatorio de primera instancia ya fue notificado y el investigado podrá interponer el recurso de apelación para ser resuelto por el despacho del personero de Medellín.