Incrementan las tarifas de taxis en Medellín
Cortesía Secretaría de Movilidad de Medellín
7 Dic 2022 08:18 AM

Carrera mínima en Medellín subió $500 y taxistas deberán pagar impuesto para cobrarlos

Melissa
Álvarez Correa
Quedó en 6.300 pesos y la carrera al aeropuerto José María Córdova en 98.000, incluyendo el valor del peaje.

Luego de que los actores del gremio de taxis y la Administración Distrital concertaran el incremento de las tarifas en Medellín, la carrera mínima quedó en 6 mil 300 pesos, es decir, su incremento fue de 500, mientras que la carrera al aeropuerto Internacional José María Córdova quedó a dos mil pesos de valer 100 mil, incluyendo el peaje.    

A su vez, el arranque o banderazo se fijó en 4 mil 300 pesos, la hora contratada en 28 mil, el valor caída por cada 78 metros en 100 pesos y el valor de espera por 60 segundos subió a 250. Ahora, los más de 19 mil taxistas que circulan en la capital antioqueña deberán hacer un trámite para poder cobrar el incremento a los pasajeros.  

Mauricio Zuleta Estrada, subsecretario técnico de la Secretaría de Movilidad de Medellín, explicó que los taxistas deben acercarse a realizar la revisión y calibración de taxímetros y pagar  96 mil 900 pesos, correspondiente a los derechos de tránsito, realizar la calibración del taxímetro y la inspección del mismo para poder incrementar esas tarifas.  

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“Desde la secretaría de movilidad, en conjunto con el gremio de taxistas, concertamos la nueva tarifa de taxis. Los taxistas deben acercarse a realizar la revisión y calibración de taxímetros. Invitamos a toda la comunidad para que haga uso del transporte público legal y formal", indicó el subsecretario. 

Las sedes de la Secretaría de Movilidad de Medellín disponibles para hacer este pago son las ubicadas en Caribe, Sao Paulo o Premium Plaza. Posterior a esto, en sitios autorizados se les instalará una calcomanía que se debe ubicar en el vidrio panorámico y un sello de seguridad en el taxímetro, lo cual indica que el vehículo está autorizado para cobrar la nueva tarifa.  

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Los vehículos de servicio de transporte público individual deberán portar en la parte trasera de la silla del copiloto, la tarjeta de control debidamente laminada con la información establecida en el Decreto Nacional 1079 de 2015 Sección 8 o la norma que lo modifique, adicione o complemente, incluyendo la información detallada de las tarifas vigentes.