Referencia de accidentes de tránsito
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4 Ene 2023 11:02 AM

SOAT: Minsalud advierte que servicios que superen los 300 hasta 800 salarios mínimos serán reconocidos por la Adres 

Diana
Cabrera
Las aseguradoras tendrán que destinar el 52,5% para financiar indemnizaciones en gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios.

El Ministerio de Salud afirmó que tras el decreto que estableció el rango diferencial por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOAT equivalente aproximadamente al 50% del precio final, se definieron las cobertura de servicios de salud.

La entidad reveló que tratándose del rango diferencial por riesgo, los servicios de salud que superen los 300 salarios mínimos legales diarios vigentes y hasta 800 salarios mínimos legales diarios vigentes, serán reconocidos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES.

“La cobertura de servicios de salud de que trata el Decreto sólo será aplicable para las pólizas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOAT correspondiente a las categorías de vehículos que hacen parte del rango diferencial por riesgo expedida en la medida”, dijo.

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Aseguró que la disposición indica que las coberturas y cuantías señaladas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero no se modifica. 

Dijo además que fue establecida la cobertura, y la cuantía a los servicios de salud prestados a las víctimas de accidente de tránsito, de evento catastrófico de origen natural, de incidente terrorista o de otro evento aprobado.

“Estos incidentes serán cubiertos por la compañía aseguradora del SOAT o por la administradora de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES cumpliendo unos requisitos.

En el caso de la aseguradora, estos serán reconocidos cuando los servicios se presten como consecuencia de un accidente de tránsito en el cual el vehículo involucrado se encuentre amparado con la póliza del SOAT en un valor máximo 800 salarios mínimos legales diarios vigentes, al momento de la ocurrencia del accidente de tránsito.

Definió además que la aseguradora, deberá asumir los servicios prestados como consecuencia de un accidente de tránsito en el que el vehículo involucrado se encuentre amparado con la póliza del SOAT en las categorías precisadas por la norma.

Recalcó que en los  casos de accidentes de tránsito en que hayan participado dos o más vehículos asegurados, cada entidad aseguradora correrá con el importe de las indemnizaciones a los ocupantes de aquél que tenga asegurado. 

“Cuando en los accidentes de tránsito hayan participado dos o más vehículos automotores y entre ellos haya asegurados y no asegurados o no identificados, se procederá según lo previsto para el caso de vehículos asegurados, pero el reconocimiento y pago de los servicios de salud, indemnizaciones y gastos de los ocupantes del vehículo o vehículos no asegurados o no identificados y el pago a los terceros, estará a cargo de la ADRES”, explicó.

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Subrayó que la ADRES cubrirá los servicios prestados como consecuencia de un accidente de tránsito en el cual el vehículo involucrado no se encuentre identificado o no esté asegurado con el SOAT, en un valor máximo de 800 salarios mínimos legales diarios vigentes.

“Será la ADRES la entidad que cubra los gastos cuando los servicios prestados superen los 300 salarios mínimos legales diarios vigentes, como consecuencia de un accidente de tránsito en el que el vehículo involucrado se encuentre amparado con la póliza del SOAT y haga parte del rango diferencial por riesgo precisado en la medida”, señaló.

El Ministerio de salud indicó que la norma establece que los pagos por los servicios de salud que excedan los topes de cobertura establecidos por la disposición, serán asumidos por la entidad promotora de salud a la que se encuentre afiliada la víctima, por las administradoras de los regímenes especial y de excepción cuando la víctima pertenezca a estos, o por la Administradora de Riesgos Laborales -ARL- a la que se encuentre afiliada cuando se trate de un accidente laboral.

“En el mismo sentido, el decreto indica que la población no afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, una vez superados los topes, tendrá derecho a la atención en salud en instituciones prestadoras de servicios en salud públicas o privadas”, manifestó.

El Ministerio de Salud definió el porcentaje de la prima del SOAT para el cubrimiento del pago de las indemnizaciones correspondientes al amparo de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y el total de costos asociados al reconocimiento de las indemnizaciones como consecuencia de accidentes de tránsito.

“La disposición indica que las compañías autorizadas para expedir la póliza SOAT deberán destinar el 52,5% de los recursos para financiar las indemnizaciones por concepto de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y el total de costos asociados al proceso de reconocimiento y pago de las indemnizaciones”, puntualizó.