Luis Fernando Suárez Vélez, gobernador (e) de Antioquia.
Luis Fernando Suárez Vélez, gobernador (e) de Antioquia.
Cortesía: Gobernación de Antioquia.
15 Sep 2020 03:18 PM

El presidente Iván Duque ratificó como gobernador encargado de Antioquia a Luis Fernando Suárez

Paola
Agredo Tapias
Estará en el cargo mientras se resuelve la situación jurídica de Aníbal Gaviria.

Luego de analizar la terna enviada por el movimiento 'Es el momento de Antioquia', el presidente Iván Duque, mediante el Decreto 1246 de 2020 del Ministerio del Interior, ratificó la designación de Luis Fernando Suárez Vélez como gobernador encargado de Antioquia. 

De la terna también hacían parte Luz Elena Gaviria, secretaria de Hacienda de Antioquia, y Juan Pablo López, secretario de Planeación. 

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Cabe recordar que dando cumplimiento a la orden de la Fiscalía Primera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, el jefe de Estado suspendió a Aníbal Gaviria Correa como gobernador de Antioquia, y en ese momento, 5 de junio de este año, dejó a Luis Fernando Suárez a cargo del departamento. 

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El suspendido gobernador Aníbal Gaviria cumple más de tres meses detenido, y por ende, mientras se resuelve su situación jurídica, Luis Fernando Suárez queda como gobernador encargado de Antioquia. 

Gaviria es investigado por presuntas irregularidades en un millonario contrato para mantener y pavimentar una vía de la región conocida como la Troncal de la Paz, en el tramo Caucasia -Puerto Berrío, en hechos ocurridos hace 15 años.

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"Artículo 1. Designación. Designar como gobernador encargado del departamento de Antioquia, al doctor Luis Fernando Suárez Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.622.851, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de este decreto.

Artículo 2. Comunicación. Comunicar, por intermedio del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto, al doctor Aníbal Gaviria Correa, gobernador electo; al doctor Luis Fernando Suárez Vélez, gobernador designado en este acto; a la gobernación de Antioquia y al Fiscal Primero Delegado ante la Corte Suprema de Justicia.

Artículo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedición y deroga el artículo 2 del Decreto del 821 de junio de 2020".