Los exsecretarios de salud y educación fueron inhabilitados por 11 años.
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15 Jul 2020 02:00 PM

Por mentir con sus hojas de vida, Procuraduría destituyó a dos funcionarios de Heliconia, Antioquia

Luz Marina
Arango Bolívar
Los exsecretarios de salud y educación fueron inhabilitados por 11 años.

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Regional de Antioquia confirmó la destitución e inhabilidad por 11 años de los entonces, secretarios de Salud y Bienestar Social, Mónica Alexandra Velásquez Montoya, y de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, Silverio Arnulfo González Estrada, por posesionarse y mantenerse en el cargo sin acreditar los requisitos de Ley.

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Según el ente de control disciplinario, los dos funcionarios tomaron posesión conscientes de que la información suministrada en la hoja de vida de la Función Pública y los documentos presentados como soporte, no correspondían con la realidad de su formación académica.

El Ministerio Público corroboró a través de un certificado expedido por el Departamento de Admisiones, Registro y Control Académico de la Universidad Cooperativa de Colombia, que Velásquez Montoya no era graduada en Administración de Empresas de esa institución. También ratificó mediante información suministrada por la Universidad Pontifica Bolivariana, que González Estrada no tenía título en Filosofía, por lo que los diplomas carecen de validez.

Destaco la Procuraduría que, si bien los investigados contaban con la experiencia para el 1 de enero de 2016, reincidieron en el incumplimiento de la formación académica exigida en el manual de funciones y competencias del municipio vigente para la época, según lo establecido en el Decreto Ley 785 de 2005, sin embargo, aceptaron nuevamente los nombramientos del alcalde de la época.

Es por ello, que la calificación de la falta de los exfuncionarios como grave, a título de dolo, por desconocer el principio de moralidad que obliga a los servidores del Estado, a actuar con rectitud, lealtad y honestidad.

Por estos hechos, la Procuraduría además ordenó compulsar copias del fallo disciplinario a la Dirección de Fiscalías de Antioquia, para que adelante el respectivo proceso penal al que hubiera lugar por presentar documentación falsa.

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Contra la presente providencia no procede recurso, confirmó el Ministerio Público.