Presos con detención domiciliaria ahora tendrán que pagar su brazalete electrónico
El Gobierno Nacional expidió el decreto 1058 del 07 de septiembre de 2021, con el que se establece que las personas privadas de la libertad que soliciten la medida de detención domiciliaria, deberán pagar por el dispositivo electrónico o también conocido como brazalete.
El ministro de Justicia y del Derecho, Wilson Ruiz Orejuela firmó el decreto a través del cual se reglamenta el uso de los dispositivos electrónicos para la vigilancia de las personas privadas de la libertad, en los casos en los que un juez sustituya la detención preventiva de la libertad en establecimiento carcelario por el domicilio.
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RCN Radio conoció que este es un decreto reglamentario conforme a la orden dada por el artículo 38F del Código Penal, que establece que el Gobierno Nacional debe determinar las tarifas del brazalete electrónico, teniendo en cuenta la capacidad económica del beneficiario.
"Pago del Mecanismo de Vigilancia Electrónica: cualquier persona que sea beneficiaria del mecanismo de vigilancia electrónica, estará obligada de acuerdo con su capacidad económica a cancelar la tarifa establecida por el Gobierno Nacional para su asignación y uso. Sin embargo, la imposibilidad de pagar la totalidad o una parte de la tarifa de asignación y uso, no impedirá el acceso al mecanismo de vigilancia electrónica o la elegibilidad para su otorgamiento, en cuyo caso estará a cargo del Gobierno nacional", destaca uno de los apartes del decreto.
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