Víctimas piden tumbar fallo que ordenó eliminar el “cartel de los falsos positivos”
El Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) le solicitó formalmente al juzgado 13 civil del circuito de Bogotá anular los alcances del fallo emitido el pasado lunes y por medio del cual se ordenó eliminar la imagen del denominado ‘cartel de los falsos positivos’ de murales, redes sociales, medios de comunicación hablados y escritos.
En la acción judicial se señala que en el debate jurídico de la tutela presenta por el general del Ejército, Marcos Evangelista Pinto Lizarazo no vinculó a otras personas y organizaciones que han sido reconocidas en los procesos por los denominados “falsos positivos”.
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Debido a esto pide que el caso pase a primera instancia -en la cual se habían negado las pretensiones de la tutela- y se vinculen a todos los medios de comunicación, organizaciones sociales y personas que han publicado dicha imagen con el fin que se les permita emitir su concepto frente a la discusión jurídica.
El Movice recuerda que la foto se viralizó en las redes sociales luego que el mural que se había hecho en el centro de Bogotá fuera borrado con pintura por parte de un grupo de militares.
"El mural ¿quién dio la orden? ya es patrimonio de la sociedad. Por tal motivo, la orden de eliminar la imagen de los medios de comunicación escritos y hablados no está al alcance del Movice", señala el Movimiento en un comunicado.
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En la petición se indica que se desconoció por completo el pronunciamiento hecho por un juez en noviembre pasado cuando rechazó las pretensiones de la acción de tutela radicada por el oficial del Ejército.
"Desconoce los derechos de las víctimas y de la sociedad en general a la verdad, libertad de expresión y memoria". Las víctimas indican que en diferentes fallos judiciales se ha reconocido el aumento de los denominados "falsos positivos" entre 2005 y 2008.
En dicho periodo, revelan, se puso en marcha una estrategia para presentar a civiles ajenos al conflicto armado como guerrilleros abatidos en combate para demostrar resultados operacionales en la lucha contra grupos subversivos
"(...) desde el 5 de diciembre e 2007 y 2 de septiembre de 200¿9, que el TC Marcos Evangelista Pinto Lizarazo, estuvo al mando del Batallón de Infantería No. 27 -Magdalena", resalta la petición al hacer referencia a pronunciamientos en falos judiciales y la apertura del expediente en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
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De mantenerse la decisión de borrar todo lo alusivo al mural, resaltan, acudirán a la Corte Constitucional para que se revise el fallo judicial "por considerara un acto de censura".
Además solicitarán acompañamiento de la Procuraduría General y la Defensoría de Pueblo para que "coadyuven" la petición de revisión, teniendo en cuenta la complejidad del caso y la necesidad de proteger los derechos de las víctimas.
De ser necesario, presentarán el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) y la ONU para que emitan un pronunciamiento de fondo.
En el fallo de segunda instancia, el juzgado tuteló los derechos al buen nombre, honra, presunción de inocencia del general Pinto Lizarazo y los otros cuatro oficiales que aparecían en dicha foto.
Debido a esto, le ordenó al Movice retirar todas las imágenes alusivas al mural en un plazo de 48 horas tras la notificación del fallo.