Referencia donación de sangre en Medellín.
Referencia donación de sangre en Medellín.
Cortesía: Hospital San Vicente Fundación de Medellín.
26 Mayo 2022 03:37 PM

Donación de sangre: Corte ordena modificar normas que discriminen a las personas por su orientación sexual

Johana
Rodríguez
El Instituto Nacional de Salud tendrá dos meses para modificar y publicar el Lineamiento Técnico para la Selección de Donantes de Sangre.

La Corte Constitucional le dio dos meses de plazo al Instituto Nacional de Salud (INS) para que modifique las normas que discriminan a las personas por su orientación sexual en la donación de sangre y seis meses al Ministerio de Salud para modificar el Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre.

Lo que las autoridades de salud deben hacer es “eliminar toda referencia que se haga de la orientación sexual o identidad de género como factor de riesgo”.

En ese sentido, las entidades de salud tendrán seis meses para difundir la prohibición de discriminación a la población LGBTIQ+ en la donación de sangre y dos meses para capacitar al personal de salud de los bancos de sangre sobre los nuevos lineamientos y normas.

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La Corte evidenció que las autoridades de salud no han cumplido las ordenes emitidas desde hace varios años sobre detener la discriminación de hombres homosexuales en la donación de sangre.

Para la Corte, las normas del sistema de salud son discriminatorias, excluyen y disminuyen los donadores de sangre por su orientación sexual y de género en un momento del mundo en el que la sangre escasea, según la Cruz Roja la donación de sangre "ha disminuido un 10% desde marzo de 2020”.

“Esta situación de discriminación estructural hace necesario insistir en el reemplazo de la noción de grupos de riesgo por la de prácticas sexuales riesgosas en la selección de donantes de sangre”, indicó la Corte.

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El pronunciamiento se dio al estudiar una tutela que presentó una pareja de hombres, a quienes les impidió donar sangre bajo el argumento de que hacían parte de una población con mayor riesgo de contraer alguna Enfermedad de Transmisión Sexual (ETS), según las normas y lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y del INS.

La decisión fue adoptada por la Sala Sexta de Revisión, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado.