Nadie podrá ser desalojado por no pagar los arriendos durante la cuarentena
Nadie podrá ser desalojado por no pagar los arriendos durante la cuarentena
RCN
19 Ene 2022 08:07 PM

Haga cuentas: Este es el porcentaje máximo que le podrían subir a los arriendos

Diana Carolina de los Ángeles
Vergel Perea
Algunos rubros en el país no suben a la par con el salario mínimo, sino con la inflación.

El bolsillo de los colombianos se ha visto afectado desde la pandemia, dado que el precio de varios rubros han ido subiendo. 

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Tras el anuncio más reciente del Dane, Departamento Administrativo Nacional de Estadística, sobre el IPC, Índice de Precios al Consumidor, que se ubicó en 5,62 %, la billetera de los colombianos empezó tambalear. 

Para el tema de los arriendos de vivienda, el monto máximo que se le podría realizar a su contrato será el mismo del IPC. 

Es decir, si el documento lo firmó en junio del 2021, el aumento se aplicará a partir de junio de 2022. Por ejemplo, si el valor es de $2.500.000, con este incremento le quedará en $2.640.000 

Cabe destacar que, este aumento de los precios de arriendo se puede evidenciar únicamente cuando se cumplen 12 meses de haberse firmado el contrato. Esto lo estipula la Ley 820 de 2003, que rige el arrendamiento de vivienda en Colombia.

Del mismo modo,  el valor definido para el arriendo no puede superar el 1 % del precio comercial del inmueble o de la parte que se encuentre arrendada. 

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Un dato clave es que en Colombia el 34 % de las viviendas son para alquiler, con un incremento del 13 % con respecto al resto de Latinoamérica.