Presunto caso de acoso sexual, laboral y discriminación en la Secretaría de Movilidad de Medellín
Presunto caso de acoso sexual, laboral y discriminación en la Secretaría de Movilidad de Medellín.
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9 Abr 2024 05:24 AM

¿Acoso sexual y laboral en el Tránsito de Medellín? Suspenden 3 meses más al subcomandante

Estefanía
Pérez Botero
El subcomandante fue suspendido provisionalmente desde diciembre, luego de que una agente lo señalara de acoso por ser homosexual.

La Personería Distrital de Medellín prorrogó por tres meses más la suspensión provisional de Dairo Alberto Correa Castrillón, subcomandante de Tránsito de la Secretaría de Movilidad del Distrito de la capital antioqueña, por presunto acoso sexual, laboral y discriminación en contra de dos agentes de tránsito adscritas a la entidad.  

El caso fue conocido por la opinión pública porque una de las presuntas víctimas, Reina María Vásquez, divulgó un video en el que le reclamaba al subcomandante por supuestos tratos laborales injustos en su contra y de su pareja, una agente de tránsito, debido a que se habría negado a sus pretensiones.

La funcionaria señaló delante de sus demás compañeros que se sentía atacada por su superior, quien según esta, no le asignaba turno, lo que estaba afectando su trabajo e ingresos económicos. 

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La decisión de la prórroga fue tomada por la Personería Auxiliar, en grado de consulta, debido a la posible reiteración de la conducta investigada, dadas sus funciones y posición de jerarquía organizacional de subcomandante de Tránsito. 

Esta determinación se estableció con base en lo señalado por la Procuraduría General de la Nación, en la guía del proceso disciplinario con enfoque en los derechos de las mujeres, que dice que: ‘’El artículo 13 de la Constitución Política consagra el derecho a la igualdad en sus dos dimensiones: formal y material. La igualdad formal «comporta la obligación de tratar a todos los ciudadanos con la misma consideración y respeto’’.  

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Es decir que se prohíbe la discriminación por razones de sexo, ideología, color de piel, origen nacional o familiar, lo cual se recalca en la sentencia CU-109 del 2022 de la Corte Constitucional.